viernes, 20 de mayo de 2022

Nuevos Estatutos


Antes de que nos amontonemos demasiado, abro esta entrada para tratar sobre los nuevos estatutos y la asamblea del próximo lunes.

Inicialmente mostré mis pegas en esta entrada.

Las dos realmente importantes eran la inclusión de la definición de la filosofía, y lo que yo juzgaba pérdida efectiva de la potestad de control de la directiva por parte de la asamblea.

Lo primero se ha corregido y lo segundo me lo han explicado mejor y me parece razonable.

En consecuencia, si yo fuera compromisario, creo que votaría que sí. Y eso a pesar de la ofensiva a favor de El Correo, que resulta estomagante.

Sin embargo no me gusta nada que se abra la puerta a la remuneración del presidente y resto de directivos. Pero nada, nada.

Tampoco me gusta la negativa a votar este tema aparte. Es verdad que trocear la votación es complicado porque podría llevar a unos estatutos incoherentes, pero este asunto es lo suficientemente concreto y está lo suficientemente desconectado del resto como para que sí se pudiera votar por separado.

De todas formas, creo que los aciertos superan a las posibles pegas y no me parece razón suficiente para un no.

Sí que agradecería un par de aclaraciones sobre la Asamblea Plenaria:

  1. Se dice que sus acuerdos son válidos solo si la participación supera el 30%. ¿Y si no, qué pasa? ¿Vuelve el asunto a la Asamblea de Compromisarios si provenía de allí? Una moción de censura o una cuestión de confianza, ¿en qué quedarían?
  2. ¿Es lo mismo la figura del referéndum que la de la Asamblea Plenaria? No me queda clara la distinción. Es decir: ¿La Asamblea Plenaria solo se concreta mediante referéndum?

Aunque está en la otra entrada, y hay un enlace permanente en el blog como página recomendada, os dejo el enlace a la opinión de una asidua a este local.


P.S. Como me dijo hace poco un cliente, y volviendo a El Correo, lo de Agiriano con Urrutia y con los compromisarios empieza a ser de camisa de fuerza y habitación acolchada.